Tribunales Colegiados de Circuito de Sentencias Ejecutorias, 6 de Febrero de 2008

Enlazado como:

Resumen


APELACIÓN ADHESIVA. DEBE INTERPONERLA EL VENCEDOR CUANDO LA PARTE RESOLUTIVA DE LA SENTENCIA LE FAVOREZCA, PERO LA CONSIDERATIVA SE ESTIME DEFICIENTE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


Tribunales Colegiados de Circuito de Sentencias Ejecutorias, 6 de Febrero de 2008

Registro No. 20731

Localización:

Novena Época

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Tomo: XXVII, Febrero de 2008

Página: 1908

Tema: APELACIÓN ADHESIVA. DEBE INTERPONERLA EL VENCEDOR CUANDO LA PARTE RESOLUTIVA DE LA SENTENCIA LE FAVOREZCA, PERO LA CONSIDERATIVA SE ESTIME DEFICIENTE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS).

AMPARO DIRECTO 957/2006. XÓCHILT MORENO ACERO.

CONSIDERANDO:

SEXTO.-Los conceptos de violación se estiman inoperantes.

En principio cabe destacar que en la senten...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex México

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía